Permiso de circulación

Grabado de patentes

Desde el 15 de mayo de 2025, todos los vehículos motorizados que circulan en Chile deberán tener las patentes grabadas en vidrios y espejos, tal como estipula la Ley 21.601 que busca reducir el robo de piezas.

El grabado debe estar presente en al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales. Ello, en caso que el vehículo tuviese más, donde sólo se exigirá el mínimo (ejemplo, furgones o buses). Ahora, si se trata de aquellos que cuenten con menos vidrios o espejos (por ejemplo, motos), la patente deberá estar grabada en todos sus espejos.

Que sea permanente. Vale decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)

Que la letra sea legible, y en formato normal. Es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula.

Para las letras y dígitos de los vidrios, entre 7 y 10 milímetros de altura.

Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros.


Cabe señalar que los vehículos que determina el artículo 54 de la Ley de Tránsito (por ejemplo, aquellos de labores policiales o de FF.AA., o bien, vehículos extranjeros en tránsito temporal en el país), quedan exentos de esta solicitud.
Y en el caso de vehículos que cuenten con su patente pintada en sus costados (como taxis o camiones), deberán realizar el grabado sólo en espejos laterales y parabrisas.

Desde septiembre de 2024, según consigna la norma, las concesionarias deben entregar todos los vehículos nuevos con la patentes debidamente grabadas en vidrios y espejos.

 

A partir del 15 de mayo de 2025, tener los vidrios y espejos grabados de forma correcta es necesario para poder sacar la revisión técnica de tu vehículo. Y quienes sean controlados por fiscalizadores, inspectores o Carabineros y no cuenten con el grabado, arriesgan una multa que va desde 1 a 1,5 UTM.