Los beneficios de contratar el SOAP, establecidos en las condiciones generales de la POL 3 2013 0487, están dados por la cobertura que ofrece ante: – Muerte (previa deducción de los gastos médicos): UF 300 – Incapacidad permanente total (no se deducen los gastos médicos): UF 300 – Incapacidad permanente parcial: UF 200 – Necesidad de gastos médicos: UF 300
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